Cómo reclamar indemnización por lluvias torrenciales en 7 pasos

Tras las fuertes lluvias producidas este mes de septiembre en Valencia son muchos los afectados que nos han solicitado ayuda para reclamar indemnización por lluvias tras la inundación en sus viviendas. 

Las fuertes lluvias registradas han ocasionado daños materiales en viviendas, plantas bajas, garajes y locales.

Los asegurados y sus mediadores de seguros han reclamado a sus seguros la cobertura de los daños y, en muchos casos, la aseguradora se ha negado a asumir la indemnización correspondiente.

¿Quién paga los daños producidos tras lluvias torrenciales?

Esta es una de las consultas más habituales que hemos recibido en las últimas semanas y por ello hemos querido dedicar este post para aclarar las dudas más frecuentes.

Los casos más frecuentes son los daños por humedades ocasionados por filtraciones en techos y tejados tras las fuertes precipitaciones.

Aquí encontrarás consejos para saber qué hacer en caso que la compañía de seguros se niegue a cubrir el siniestro.

¿Como reclamar una indemnización por lluvias torrenciales?


  1. LLAMAR A TU MEDIADOR DE SEGUROS: 

En primer lugar, ponte en contacto con tu mediador de seguros colegiado.

Contar con la experiencia de un mediador de seguros colegiado te ofrecerá mayor tranquilidad a la hora de contratar un seguro adecuado para tus circunstancias.

Además, tu mediador de seguros velará por tus intereses en caso de siniestro.

2. RECOGER PRUEBAS PARA ACREDITAR LOS DAÑOS SUFRIDOS POR LAS LLUVIAS: 

A la hora de reclamar una indemnización por lluvias torrenciales es imprescindible acreditar los daños materiales y personales. 

Para ello, fotografiaremos cualquier desperfecto que se hubiere ocasionado por la inundación o filtración de agua. También te aconsejamos que hagas un listado de todos los bienes dañados.

Otra prueba importante es obtener un informe del servicio meteorológico AEMET de tu localidad. Este dato es fundamental para conocer el máximo de lluvias y velocidad del viento del día del siniestro.

Para obtener dicho informe puedes solicitarlo en la página web de la Agencia Española de Metereología. Una vez introducida la localidad y la fecha del siniestro obtendrás el informe automáticamente.

3. REVISAR LA PÓLIZA DE SEGURO: 

En tu póliza de hogar busca la cláusula llamada “RIESGOS EXTRAORDINARIOS”.

Una vez te has cerciorado que tu póliza cubre este tipo de siniestros, veremos las condiciones para que se active esta cláusula.

Lo habitual en todas las pólizas es encontrar que la aseguradora sólo asume la indemnización cuando las precipitaciones superan los 40 litros/m2/hora. 

Si la póliza cubre riesgos extraordinarios y el informe meteorológico obtenido conforme al punto anterior recoge lluvias superiores a los 40 litros por m2/hora, tendrás más posibilidades de que el seguro pague los daños.

4. REALIZAR EL PARTE A LA COMPAÑÍA DE SEGUROS:

Con todos los datos anteriores tu corredor de seguros podrá presentar el parte de siniestro con mayores probabilidades de éxito. Si no cuentas con un mediador, deberás dirigirte directamente a la aseguradora mediante el procedimiento que se establezca en la póliza.

Para presentar el parte tienes 7 días desde que ocurrió el siniestro o tuviste conocimiento de los daños (puede que los daños aparezcan pasados unos días desde que se produjesen las lluvias). (Artículo 16 de la Ley de contrato de seguro)

Cuando comuniques el siniestro, la aseguradora enviará a un perito de parte para que valore los daños de la vivienda.

Si no estás de acuerdo con el dictamen del perito de la compañía, puedes nombrar a un perito de tu confianza. Para ello deberás seguir el procedimiento del artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro.

Puedes profundizar más sobre este procedimiento en nuestro post ¿Qué hago si no estoy conforme con la indemnización del seguro?

 

5. RECLAMAR AL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA ASEGURADORA:

¿Qué hacemos si a pesar de cumplir las condiciones de la póliza el seguro se niega a pagar los daños?

En este caso debes presentar una reclamación al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de la propia aseguradora.

En la reclamación expondrás los hechos ocurridos y presentarás todos los medios de prueba que tengas así como la comunicación de rechazo de siniestro recibido de la aseguradora.

El SAC tiene 2 meses para contestar a nuestra reclamación.

Si la respuesta del SAC es negativa o no recibes contestación dentro del plazo de los dos meses, tienes dos posibles vías:

  • Presentar una reclamación ante la Dirección General de Seguros.
  • Reclamar judicialmente.

6. PRESENTAR UNA QUEJA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS (DGS):

Por nuestra experiencia, este procedimiento es bastante lento. Aunque tenemos la ventaja de que es gratuito.

Además, la resolución de la DGS no es vinculante para la compañía de seguros. Es decir, que la aseguradora no está obligada a cumplir con esta resolución.

Tras presentar más de 200 quejas en la DGS por rechazos de siniestros, hemos detectado que algunas compañías son más benévolas que otras cuando reciben la reclamación ante este organismo.

7. RECLAMACIÓN JUDICIAL DE DAÑOS POR FUERTES LLUVIAS:

Si la negociación con la aseguradora y la reclamación extrajudicial no han dado resultados positivos, nos queda estudiar la viabilidad de la reclamación judicial.

Como cada caso es diferente, te invitamos a que nos consultes personalmente la viabilidad de tu reclamación. Ponte en contacto con nosotros a través del siguiente formulario o llámanos al 96 335 34 17.

 

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